La Ley de Derechos Civiles de 1964 (Título VI) y las regulaciones de la Equal Employment Opportunity Commission (EEOC) prohíben la discriminación por origen nacional, lo que incluye el idioma. Esto significa que: No pueden negarte servicios o atención por hablar otro idioma. No pueden discriminarte o castigarte por tu acento. No pueden imponerte reglas de “solo inglés” a menos que estén justificadas por una necesidad legítima y específica de seguridad o eficiencia.